martes, 23 de septiembre de 2014

OBSERVACIONES SOBRE EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS DE CARBON MINERAL EN PUNTA CATALINA, PROVINCIA PERAVIA

Documento que sobre la planta a carbón entregaron una Comisión del Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático en el congreso a las diputadas Guadalupe Valdez y Minu Tavarez en la mañana de este lunes 23 de septiembre del 2014


Comisión del Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático  Willfredo Velázquez Gómez, Sócrates Apolinar Schira, Richard Bálsamo, Rafael Enrique de León.


OBSERVACIONES SOBRE EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS DE CARBON MINERAL EN PUNTA CATALINA, PROVINCIA PERAVIA


Del Estudio de Impacto Ambiental de las plantas a carbón mineral a ser construidas en Punta Catalina, Provincia Peravia, con una capacidad bruta de generación de 769.8 MW, realizado por las empresas G & S  Natural Groups y Paredes Consultores Ambientales SRL, el cual fuera depositado en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el 29 de julio del presente año 2014, se derivan las observaciones que a continuación se resumen:
  1. Aunque este estudio de impacto ambiental fue depositado el 29 de julio de 2014, la construcción del proyecto se inició el 15 de diciembre de 2013, en un acto que contó con la participación del Presidente de la República. Licenciado Danilo Medina Sánchez, y según declaraciones recientes del propio Presidente de la República y del Vicepresidente de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CEDEEE), Rubén Jiménez Bichara (Cfr. Publicaciones diversas de prensa, de los días 15 y 16 de diciembre del 2013), estos trabajos de construcción están muy avanzados y se han invertido en los mismos 300 millones de dólares, equivalentes a 13 mil millones de pesos a la tasa de cambio actual, provenientes del presupuesto nacional. El hecho de que se haya iniciado el proyecto sin contar con un estudio de impacto ambiental y por tanto, sin la correspondiente licencia ambiental, es una flagrante violación al artículo 40 de la  Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00, el cual dice: “El proyecto, obra de infraestructura, industria, o cualquier otra actividad que por sus características pueda afectar, de una u otra manera, el medio ambiente y los recursos naturales, deberá obtener de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, previo a su ejecución, el permiso ambiental o la licencia ambiental, según la magnitud de los efectos que pueda causar”. De acuerdo con los Términos de Referencia expedidos por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales el 25 de marzo de este año 2014, el proyecto posee la categoría A atribuida a los de mayor impacto ambiental y por tanto, entre aquellos que necesitan una licencia ambiental para comenzar a ser ejecutados.

  1. El estudio de impacto ambiental de este proyecto de construcción de dos plantas de carbón en Punta Catalina, Provincia Peravia, carece de las cartas de No Objeción del Distrito Municipal de Catalina(Cfr. Certificación del Distrito Municipal de Catalina de no haber expedido Carta de No Objeción para el Uso de Suelo a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales, CEDEEE, para el Proyecto Termoeléctrico Plantas a Carbón de Punta Catalina, 26 de agosto del 2014) y del Ayuntamiento de Baní, y del título de propiedad de los terrenos, documentos de compras o de Decreto del Poder Ejecutivo de expropiación de los mismos, donde se está construyendo estas plantas, exigidos por la ley y por los Términos de Referencia. Para la ejecución de una obra pública, el Estado debe contar con la propiedad de los terrenos donde ésta se realizará. Si el proyecto se construyera en terrenos privados o arrendados como parece ser el caso, lo que estaría reñido con la legislación vigente, al menos el estudio de impacto ambiental debería anexar el contrato de arrendamiento correspondiente. La carencia de estos documentos cuestionan en general la legalidad del proyecto y en particular arroja dudas sobre el futuro del carácter de propiedad pública de estas plantas de carbón.

  1. Basados en las informaciones aportadas por el estudio de impacto ambiental, se observa que Punta Catalina, Provincia Peravia, no es el lugar adecuado para establecer el proyecto de construcción de plantas a carbón, y particularmente comparado con otros lugares. Los datos que fundamentan esta observación son los siguientes:

    1. Punta Catalina es un lugar expuesto a fuertes oleajes y a fenómenos hidrometereológicos como tormentas, huracanes y otros. Por esa razón, en el acápite 9.9.3 del estudio de impacto ambiental se recomienda  que se utilice métodos especiales de construcción para proteger las instalaciones en contra del oleaje que puede subir a más de 5 a 7 metros y hundir la zona de las centrales, pudiendo causar un incalculable desastre ambiental.

    1. En el acápite 9.9.2, el estudio de impacto ambiental también afirma que “desde el punto de vista de la sismicidad regional, la zona de Punta Catalina es una zona sísmicamente activa, con fallas tectónicas y regionales activas que atraviesan el área en dirección Noroeste-Sureste con áreas de eventos históricos devastadores, lo que permite establecer que las magnitudes sísmicas esperadas son del orden de M=7.0 R.

    1. La dirección del viento arrastrará las partículas residuales del depósito y la quema del carbón, metales pesados, azufre y otras substancias tóxicas, así como cenizas, hacia la zona más poblada y de mayor actividad agropecuaria de la provincia Peravia. También por la dirección de los vientos son afectados la reserva científica de Leonard Erik Ekman y los  Parques Nacionales Padre Luís Quinn y Máximo Gómez. El estudio de impacto ambiental del proyecto no realizó un estudio exhaustivo y concluyente de los impactos por esta causa.

    1. Comparada Punta Catalina con otros lugares para ser establecidas estas plantas, específicamente con Hatillo de Azua que en algún momento fue valorado para su ubicación, ésta obtiene menos puntaje que Hatillo en la consideración de varios criterios y en sentido general.






Cuadro comparativo  de valoración por criterios para la ubicación de las plantas a carbón entre Punta Catalina, Peravia, y Hatillo, Azua

ASPECTO VALORADO
HATILLO
CATALINA
1. Acceso al mar, calado y protección
10
7
2. Facilidad para el muelle
10
7
3. Balanceo producción
10
10
4. Cercanía del centro de mayor carga
7
10
5. Distancia de puestos y aeropuestos
8
9
6. Acceso personal técnico
8
9
7. Calidad geotécnica
8
8
8. Área disponible
10
10
9. Impacto sobre zonas habitadas
9
6
10.  Seguridad Central ante evento natural
9
5
Total de aspectos valorados
89
81
            Fuente: Ingeniero José Luis Moreno San Juan.

  1. Las dimensiones del terreno para instalar estas dos plantas y áreas auxiliares son exageradas, lo que puede estar relacionado con el propósito de construir posteriormente dos plantas más de iguales dimensiones en el lugar. De ser cierto esto último, el estudio de impacto ambiental debió expresarlo y en consecuencia abarcar los impactos de cuatro plantas y no únicamente de dos. En cualquier caso, el estudio debió justificar el uso de un espacio tan grande para el proyecto.

En efecto, se reservan 2,252,511.58 m2 de terreno para la construcción de la central cuando el área requerida es de apenas 577,939 m2, de los cuales 386,655.26 m2 serían ocupados por las instalaciones de las dos plantas y sus equipos auxiliares comunes, siendo el resto para el patio techado de carbón. Es decir que el área sobrante es de 1,674,572.5m2, casi tres veces la necesaria para la instalación de las dos plantas del proyecto.

  1. La tecnología de las plantas es convencional en base a carbón mineral pulverizado sub-critica, con filtros de sacos y desulfurarización. Sin embargo carece de un equipo lavador de NOx, aunque fuese de Reducción No Catalítica Selectiva (RCNS). La introducción de este equipo es imprescindible para reducir las emisiones.

Para la Casa de Filtros de Bolsa o Saco (BAG HOUSE FILTER) se especifica una eficiencia de filtrado de un 99.7% para una emisión de partículas en 40 mg/Nm3, más bajo que la vigente el país que es de 120 mg/Nm3), pero por encima del valor recomendable de 20mg/Nm3. El tipo de desulfurización de gases (FGD) es de rociador seco y lecho fluidizado (CFB), que es menos efectiva que el tipo SWFGD que usa agua de mar para su operación. En este sentido se debe valorar el uso de esta tecnología para que se pueda cumplir con la norma ambiental recomendada para este caso.

Por las características de la tecnología que utilizarán estas plantas según se describe en el estudio de impacto ambiental, el costo anunciado por la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CEDEEE) de 2,041 millones de dólares luce muy elevado. A nivel internacional el costo por megavatio de plantas de carbón con el tipo de equipos que se ha recomendado introducir es de alrededor de 2 millones de dólares, lo que rondaría para el presente caso en 1,500 millones de dólares (760 megavatios X 2 millones de dólares = 1,500 millones USD), 46% de lo que costarán las plantas a ser construidas en Punta Catalina. Es decir que estas plantas que serán construidas en la República Dominicana tendrán un valor una vez y media más alto que el promedio internacional.

  1. El estudio de impacto ambiental realizó un examen muy superficial del uso de otros combustibles alternativos para estas plantas,  a pesar de que los Términos de Referencia del Ministerio de Medio Ambiente y de Recursos Naturales explícitamente lo exige. Este análisis de otros combustibles a ser empleados en estas plantas así como los correspondientes equipos que requerirían estos combustibles, es importante tanto por razones de costos como de mitigación de los impactos ambientales causados por estas plantas. 

El estudio de impacto ambiental del proyecto debió también considerar y analizar la combinación de energías renovables con convencionales. Este es el caso de Florida Power and Light que acaba de construir un proyecto energético en el sur de la Florida que utiliza energía solar durante el día y gas natural en la noche. Este proyecto es mucho más económico y considerablemente menos contaminante que uno basado en el uso exclusivo del carbón mineral.

  1. En cuanto a los impactos ambientales propiamente dicho, se expresan las siguientes observaciones sobre el estudio de impacto ambiental del proyecto:

    1. No se contempla ningún nivel de retención de CO2 que generarán estas plantas que es equivalente al total del emitido por todo el país en la actualidad.  El CO2 es el principal responsable del cambio climático que amenaza especialmente a la República Dominicana por su condición insular y por la ubicación que ocupa en el planeta. La tecnología para retener y guardar el CO2 producido por la quema del carbón mineral es muy cara, necesita de depósitos especiales que no existen en el país como por ejemplo antiguos pozos petroleros, y aún esta tecnología se encuentra en fase experimental.

En el acápite 8-4-4.1-1 del estudio de impacto ambiental del proyecto,  se especifica que el nivel de emisión de CO2 es de 789 g CO2/ Kwh o 789 Kg CO2/ Mwh, el cual es bajo para el valor normal de 848  Kg CO2 / Mwh que es la media para la tecnología Sub- Critica.

Por tanto, estas plantas emitirán 607.37 toneladas de CO2 por hora (789kg de CO2 por megavatio por hora multiplicado 769.8 megavatios que producirán estas plantas por hora), lo que significa que cada día arrojarán a la atmósfera 14504.88 toneladas de CO2, uno de los principales gases de efecto invernadero causante del cambio climático. Por causa del cambio climático, la República Dominicana, uno de los diez países del mundo más vulnerable a este fenómeno, perderá una parte importante de sus playas por el aumento del nivel de los océanos, sufrirá de manera más frecuente y con mayor intensidad tormentas, huracanes e inundaciones, períodos de sequías más prolongados y epidemias por el aumento de la temperatura promedio y por las lluvias.

    1. En el acápite 8-4-1-2 sobre la calidad del aire del estudio de impacto ambiental del proyecto, no se presenta estudio de dispersión, aunque la altura de la chimenea será de 130m, una mayor altura de lo normal, lo que favorecerá la dispersión disminuyendo la densidad de las emisiones a nivel del suelo, aunque por esta misma razón las emisiones llegarán más lejos arrastradas por el viento de lo previsto por el estudio.

Se especifica que las plantas llegarán a un valor máximo de emisiones de SOx y NOX de 400 mg/Nm3 para un 6% de exceso de O2. Estos valores si bien son bajos para la norma ambiental  vigente en RD (2000 mg/Nm3 y 750  mg/Nm3), resultan altos por la ubicación desfavorable de la central en relación a la ciudad de Bani.  Deberían ser reducidos al menos a la mitad para ser aceptables, lo que implica modificar el diseño de los equipos propuestos. Aún con la adopción de estas previsiones, más de 30 toneladas al día de NOx y 30 toneladas de SO2 recibirá el medio ambiente desde Punta Catalina hasta Baní, unos once kilómetros a la redonda, afectando gravemente la agropecuaria y la salud humana de esta zona del país.
El carbón que utilizarán estas plantas tendrá menos de 3% de azufre, lo que es elevado, especialmente si lo comparamos con el empleado por ITABO que es menos de un 1%. Ahora bien si la desulfurizadora se diseña para que con 3% de 400 mg/ Nm3 de SOx, entonces con un carbón de menos contenido de azufre dará menos de 400 y esto es lo más importante a nivel del compromiso ambiental. Por lo que es importante es  que se solicite un diseño que cumpla con la normativa medioambiental que en este caso debe ser la más elevada por la localización de las plantas (S0x=192 mg/ Nm3; N0x=139 mg/ Nm3, y MP = 20 mg/ Nm3).

Impacto de acuerdo a la norma de aplicada en mg/Nm3
Norma-País                       
SOx
NOx
MP
Argentina                          
1700
900
120
Brasil        
1519
n.a.
607
México (RP)                       
6196
799
399
Estados Unidos (EU)         
192
139
20  (Actual)
Banco Mundial                 
2000
750
50
Unión Europea  (UE)          
200
200
30
Mediana mundial                     
1579
251
61
Más exigente                       
192
139
20
Menos exigente                
6196
900
607
Fuente: Ingeniero Amparo Céspedes.

Es significativo que en el estudio de impacto ambiental no se propone un método de manejo ambiental para metales pesados como mercurio, plomo, arsénico, zinc, etc. En el acápite 9.9.1, el estudio de impacto ambiental del proyecto dice que los sistemas de desulfurización y filtros de tela servirán también para la     prevención de emisiones de metales pesados. Por eso se señala en el acápite 9-1, bajo la categoría de metales pesados: “Medidas de Verificación, N/A (No Aplica)”
    1. En el estudio de impacto ambiental del proyecto no existe ningún plan de manejo del enorme volumen de cenizas que producirá la quema del carbón mineral por estas plantas que son altamente volátiles y que contienen niveles peligrosos de mercurio, arsénico, calcio, vanadio, níquel, plomo y zinc, además de niveles de radioactividad

Cuadro de Análisis de Cenizas de Carbón Mineral

Fuente: Ingeniero Amparo Céspedes.

Según el estudio de impacto ambiental del proyecto el depósito de estas cenizas estará ubicado en la cercanía de los poblados vecinos, tratando de distanciarlo de la costa, sin especificar las características del almacenamiento, si será al aire libre o bajo techo. En términos más específicos, este depósito estaría a unos 800 metros del Batey San José, a menos de dos kilómetros de la comunidad de Catalina y a menos de 4 kilómetros de la Comunidad de Paya, esta última con más de 15 mil habitantes. Por el gran volumen que se acumulará durante la vida del proyecto, estas cenizas son uno de los principales problemas críticos, sino el principal, de estas plantas a carbón mineral al parecer sin solución a la vista. Hace 12 años el país vivió una experiencia dramática con grave daño al ambiente y a la salud de la población en Manzanillo, Montecristi y Arroyo Barril, Samaná, con los depósitos de unas 57 mil toneladas de rockash traídos de manera ilegal desde Puerto Rico, que no era otra cosa que cenizas de carbón solidificada. Con las plantas a carbón en Punta Catalina tendremos una permanente producción de cenizas que superará de manera exponencial lo que ya se vivió con el rockash.

Durante el período octubre 2010 a septiembre 2011, las plantas a carbón mineral ITABO I y ITABO II produjeron 58,046.69 toneladas de cenizas y 4,718.42 toneladas de escorias, con una capacidad instalada de 260 megavatios.  Aún cuando las plantas a ser instaladas en Punta Catalina sean más eficientes, que las de ITABO se podrá esperar una producción de cenizas y escorias alrededor de 3 veces más, al tener una capacidad instalada de 769.8 megavatios, lo que representaría en un año una producción de alrededor de 174,140.07 toneladas de cenizas y 14,155.26 toneladas de escorias Esto significa que tendremos todos los años el drama que vivió el país con el rockash multiplicado varias veces, pero en un solo punto del territorio nacional, en Punta Catalina, en la provincia Peravia.

Cuadro de producción de Cenizas y Escorias de ITABO I y II, De octubre 2010 a septiembre del 2011
Fuente: Ingeniero Amparo Céspedes.

    1. Tampoco el estudio de impacto ambiental del proyecto contempló la identificación de las enfermedades que producirá la contaminación de estas plantas en la población de su entorno y el costo en que incurrirán las familias y el Estado en combatirlas y en recuperar la salud de los afectados a lo largo de la vida del proyecto. Este costo se debe considerar como parte del costo de la instalación de estas plantas y de su operación, y por tanto un factor importante a ser considerado en la factibilidad económica del proyecto.

    1. En el acápite 8-4-1-5 del estudio de impacto ambiental se valoran las temperaturas del mar en los diferentes meses del año, alcanzando una temperatura máxima de 28.5ºC. Para ese valor el incremento de temperatura del agua de circulación alcanza los 3.1 ºC al ser devuelto al mar, el cual se sitúa 0.1 º C por encima del máximo que es 3ºC. El aumento de la temperatura del mar afecta a las especies marinas, especialmente los corales.

  1. En el estudio de impacto ambiental se presenta un alegado estudio sociológico según el cual más del  94% de los lugareños estuvieron de acuerdo con la instalación de la Central en su actual ubicación. Testimonios recogidos en Punta Catalina y en las comunidades aledañas, indican que las personas que figuran como encuestadas llenaron registros con sus datos al ser trasladadas a la celebración de una feria en la ciudad de Baní y antes de recibir el  refrigerio, sin que respondieran a ningún cuestionario. De comprobarse la utilización de este procedimiento, esto invalida por completo el estudio sociológico citado.

  1. En este estudio se define la zona de impacto directo del proyecto a las áreas ubicadas a una distancia de tres (3) kilómetros de la central; esta metodología es incorrecta, deja fuera de las consecuencias más inmediatas a gran parte de la población afectada, especialmente en la ciudad de Bani, sus barrios y zonas aledañas como Boca Canasta, Sombrero, Peravia, con una población en conjunto de más de 100 mil habitantes.


A la luz de estas observaciones al estudio de impacto ambiental de la construcción de las plantas de carbón mineral de Punta Catalina, se formulan las siguientes conclusiones y recomendaciones al país y a todas las instituciones públicas relacionadas con el medio ambiente, los recursos naturales y la generación eléctrica, especialmente al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y al Congreso de la República, sobre el proyecto en cuestión:
-          Antes de que el Medio Ambiente y Recursos Naturales entregara la licencia ambiental a este proyecto, debió comprobar que éste ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos por los Términos de Referencia, la Ley 64-00 y los reglamentos al respecto, como son las cartas de No Objeción del Distrito Municipal de Catalina y del Ayuntamiento de Baní, documento que certifique que los terrenos son propiedad pública, y en caso de que estén en condiciones de arrendamiento, contrato del mismo, y la realización de las vistas públicas con las comunidades afectadas con entrega previa del estudio de impacto ambiental y el acuerdo de éstas a favor del proyecto. Igualmente, se debió aclarar con toda transparencia, previamente a la emisión de la licencia ambienta, las diferencias de costos entre el proyecto a ser construido en Punta Catalina y los costos internacionales de plantas de carbón mineral de este tipo. Por tanto, esta licencia otorgada a este proyecto por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales es ilegal.

-          Como se ha analizado en el curso de este documento, Punta Catalina, Provincia Peravia, no reúne las condiciones para que se establezcan allí estas plantas de carbón, por el riesgo que acarrea para la propia seguridad de las instalaciones de la central termoeléctrica y por los daños que causará en el medio ambiente y en la salud de la población del entorno.

-          Igualmente, el estudio de impacto ambiental no presentó un estudio de las enfermedades que producirán las emisiones de las plantas a lo largo de la vida del proyecto y el costo que supondrá su atención ni tampoco la suscripción del compromiso por parte de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) de asumir estos gastos de salud como parte de los costos operativos de esta central. Por el contrario, se minimizaron o se ocultaron estos daños.

-          Recomendamos la posibilidad de utilizar otros combustibles menos contaminantes para estas plantas, y combinar el empleo de fuentes renovables con convencionales. La República Dominicana debe desechar la utilización del carbón mineral para la generación eléctrica como un compromiso con la comunidad internacional de contribuir a la mitigación del cambio climático, siendo uno de los países más afectado y amenazado por este fenómeno.

-          Enfrentar la crisis energética del país tomando en cuenta todos los factores que inciden en ella. Con tan sólo aumentar la generación eléctrica y menos en base de la quema de carbón mineral, no se solucionará esta crisis ni se acabarán los apagones. La solución de estas crisis depende de la eliminación de las pérdidas técnicas y por fraudes que llega a un 35% de la energía producida, del cambio gradual de matriz energética basada en combustión fósiles por fuentes de energías limpias, eficientes y renovables que permitan la soberanía energética del país, y de establecer un marco legal y contractual beneficioso para la nación diametralmente opuesto al Acuerdo de Madrid y a los onerosos contratos vigentes suscritos con las empresas privadas de generación eléctrica.


COMITE NACIONAL EN CONTRA DEL CAMBIO CLIMATICO



18 de septiembre del 2014,
Santo Domingo, D.N.,

República Dominicana.   

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