Del Estudio de Impacto Ambiental de las plantas a carbón mineral a ser
construidas en Punta Catalina, Provincia Peravia, con una capacidad bruta de
generación de 769.8 MW, realizado por las empresas G & S Natural Groups y Paredes Consultores
Ambientales SRL, el cual fuera depositado en el Ministerio de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, el 29 de julio del presente año 2014, se derivan las
observaciones que a continuación se resumen:
- Aunque este
estudio de impacto ambiental fue depositado el 29 de julio de 2014, la
construcción del proyecto se inició el 15 de diciembre de 2013, en un acto
que contó con la participación del Presidente de la República. Licenciado
Danilo Medina Sánchez, y según declaraciones recientes del propio
Presidente de la
República y del Vicepresidente de la Corporación Dominicana
de Empresas Eléctricas Estatales (CEDEEE), Rubén Jiménez Bichara (Cfr. Publicaciones diversas de prensa, de los
días 15 y 16 de diciembre del 2013), estos trabajos de construcción están muy avanzados y se han
invertido en los mismos 300 millones de dólares, equivalentes a 13 mil
millones de pesos a la tasa de cambio actual, provenientes del presupuesto
nacional. El hecho de que se haya iniciado el proyecto sin contar con un
estudio de impacto ambiental y por tanto, sin la correspondiente licencia
ambiental, es una flagrante violación al artículo 40 de la
Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos
Naturales, No. 64-00, el cual dice: “El proyecto, obra de infraestructura,
industria, o cualquier otra actividad que por sus características pueda
afectar, de una u otra manera, el medio ambiente y los recursos naturales,
deberá obtener de la
Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, previo a su ejecución, el permiso ambiental o la licencia
ambiental, según la magnitud de los efectos que pueda causar”. De
acuerdo con los Términos de Referencia expedidos por el Ministerio de
Medio Ambiente y Recursos Naturales el 25 de marzo de este año 2014, el
proyecto posee la categoría A atribuida a los de mayor impacto ambiental y
por tanto, entre aquellos que necesitan una licencia ambiental para
comenzar a ser ejecutados.
- El estudio de impacto ambiental de este
proyecto de construcción de dos plantas de carbón en Punta Catalina,
Provincia Peravia, carece de las cartas de No Objeción del Distrito
Municipal de Catalina (Cfr.
Certificación del Distrito Municipal de Catalina de no haber expedido
Carta de No Objeción para el Uso de Suelo a la Corporación Dominicana
de Empresas Eléctricas Estatales, CEDEEE, para el Proyecto Termoeléctrico
Plantas a Carbón de Punta Catalina, 26 de agosto del 2014) y del
Ayuntamiento de Baní, y del título de propiedad de los terrenos,
documentos de compras o de Decreto del Poder Ejecutivo de expropiación de
los mismos, donde se está construyendo estas plantas, exigidos por la ley
y por los Términos de Referencia. Para la ejecución de una obra pública,
el Estado debe contar con la propiedad de los terrenos donde ésta se
realizará. Si el proyecto se construyera en terrenos privados o arrendados
como parece ser el caso, lo que estaría reñido con la legislación vigente,
al menos el estudio de impacto ambiental debería anexar el contrato de
arrendamiento correspondiente. La carencia de estos documentos cuestionan
en general la legalidad del proyecto y en particular arroja dudas sobre el
futuro del carácter de propiedad pública de estas plantas de carbón.
- Basados en las informaciones aportadas por el
estudio de impacto ambiental, se observa que Punta Catalina, Provincia
Peravia, no es el lugar adecuado para establecer el proyecto de
construcción de plantas a carbón, y particularmente comparado con otros
lugares. Los datos que fundamentan esta observación son los siguientes:
- Punta Catalina es un lugar expuesto a fuertes
oleajes y a fenómenos hidrometereológicos como tormentas, huracanes y
otros. Por esa razón, en el acápite 9.9.3 del estudio de impacto
ambiental se recomienda que se
utilice métodos especiales de construcción para proteger las
instalaciones en contra del oleaje que puede subir a más de 5 a 7 metros y hundir la
zona de las centrales, pudiendo causar un incalculable desastre ambiental.
- En el acápite 9.9.2, el estudio de impacto
ambiental también afirma que “desde el punto de vista de la sismicidad
regional, la zona de Punta Catalina es una zona sísmicamente activa, con
fallas tectónicas y regionales activas que atraviesan el área en
dirección Noroeste-Sureste con áreas de eventos históricos devastadores,
lo que permite establecer que las magnitudes sísmicas esperadas son del
orden de M=7.0 R.
- La dirección del viento arrastrará las
partículas residuales del depósito y la quema del carbón, metales
pesados, azufre y otras substancias tóxicas, así como cenizas, hacia la
zona más poblada y de mayor actividad agropecuaria de la provincia
Peravia. También por la dirección de los vientos son afectados la reserva
científica de Leonard Erik Ekman y los
Parques Nacionales Padre Luís Quinn y Máximo Gómez. El estudio de
impacto ambiental del proyecto no realizó un estudio exhaustivo y
concluyente de los impactos por esta causa.
- Comparada Punta Catalina con otros lugares
para ser establecidas estas plantas, específicamente con Hatillo de Azua
que en algún momento fue valorado para su ubicación, ésta obtiene menos
puntaje que Hatillo en la consideración de varios criterios y en sentido
general.
Cuadro comparativo
de valoración por criterios para la ubicación de las plantas a carbón
entre Punta Catalina, Peravia, y Hatillo, Azua
ASPECTO VALORADO
|
HATILLO
|
CATALINA
|
1. Acceso al mar,
calado y protección
|
10
|
7
|
2. Facilidad para el
muelle
|
10
|
7
|
3. Balanceo
producción
|
10
|
10
|
4. Cercanía del centro
de mayor carga
|
7
|
10
|
5. Distancia de
puestos y aeropuestos
|
8
|
9
|
6. Acceso personal
técnico
|
8
|
9
|
7. Calidad
geotécnica
|
8
|
8
|
8. Área disponible
|
10
|
10
|
9. Impacto sobre
zonas habitadas
|
9
|
6
|
10. Seguridad Central ante evento natural
|
9
|
5
|
Total de aspectos valorados
|
89
|
81
|
Fuente: Ingeniero José
Luis Moreno San Juan.
- Las dimensiones
del terreno para instalar estas dos plantas y áreas auxiliares son
exageradas, lo que puede estar relacionado con el propósito de construir
posteriormente dos plantas más de iguales dimensiones en el lugar. De ser
cierto esto último, el estudio de impacto ambiental debió expresarlo y en
consecuencia abarcar los impactos de cuatro plantas y no únicamente de
dos. En cualquier caso, el estudio debió justificar el uso de un espacio
tan grande para el proyecto.
En efecto, se
reservan 2,252,511.58
m2 de terreno para la construcción de la central cuando
el área requerida es de apenas 577,939 m2, de los cuales 386,655.26 m2 serían
ocupados por las instalaciones de las dos plantas y sus equipos auxiliares
comunes, siendo el resto para el patio techado de carbón. Es decir que el área
sobrante es de 1,674,572.5m2, casi tres veces la necesaria para la instalación
de las dos plantas del proyecto.
- La tecnología de
las plantas es convencional en base a carbón mineral pulverizado
sub-critica, con filtros de sacos y desulfurarización. Sin embargo carece
de un equipo lavador de NOx, aunque fuese de Reducción No Catalítica
Selectiva (RCNS). La introducción de este equipo es imprescindible para
reducir las emisiones.
Para la Casa de Filtros de Bolsa o
Saco (BAG HOUSE FILTER) se especifica una eficiencia de filtrado de un 99.7%
para una emisión de partículas en 40 mg/Nm3, más bajo que la vigente el país
que es de 120 mg/Nm3), pero por encima del valor recomendable de 20mg/Nm3. El tipo
de desulfurización de gases (FGD) es de rociador seco y lecho fluidizado (CFB),
que es menos efectiva que el tipo SWFGD que usa agua de mar para su operación.
En este sentido se debe valorar el uso de esta tecnología para que se pueda
cumplir con la norma ambiental recomendada para este caso.
Por las
características de la tecnología que utilizarán estas plantas según se describe
en el estudio de impacto ambiental, el costo anunciado por la Corporación Dominicana
de Empresas Eléctricas Estatales (CEDEEE) de 2,040.7 millones de dólares es muy
elevado. A nivel internacional el costo por megavatio de plantas de carbón con
el tipo de equipos que se ha recomendado introducir es de alrededor de 2
millones de dólares, lo que rondaría para el presente caso en 1,500 millones de
dólares (760 megavatios X 2 millones de dólares = 1,500 millones USD). Es decir que estas plantas que serán
construidas en la República Dominicana tendrán un sobre costo de 540.7 millones
de dólares, mas de 23 mil millones de pesos.
- El estudio de
impacto ambiental realizó un examen muy superficial del uso de otros
combustibles alternativos para estas plantas, a pesar de que los Términos de
Referencia del Ministerio de Medio Ambiente y de Recursos Naturales
explícitamente lo exige. Este análisis de otros combustibles a ser
empleados en estas plantas así como los correspondientes equipos que
requerirían estos combustibles, es importante tanto por razones de costos
como de mitigación de los impactos ambientales causados por estas plantas.
El estudio de
impacto ambiental del proyecto debió también considerar y analizar la
combinación de energías renovables con convencionales. Este es el caso de
Florida Power and Light que acaba de construir un proyecto energético en el sur
de la Florida que utiliza energía solar durante el día y gas natural en la
noche. Este proyecto es mucho más económico y considerablemente menos
contaminante que uno basado en el uso exclusivo del carbón mineral.
- En cuanto a los
impactos ambientales propiamente dicho, se expresan las siguientes
observaciones sobre el estudio de impacto ambiental del proyecto:
- No se contempla
ningún nivel de retención de la enorme cantidad de CO2 que generarán estas plantas que ampliará
la huella de carbón del país. El
CO2 es el principal responsable del cambio climático que amenaza
especialmente a la República Dominicana por su condición insular y por la
ubicación que ocupa en el planeta. La tecnología para retener y guardar
el CO2 producido por la quema del carbón mineral es muy cara, necesita de
depósitos especiales que no existen en el país como por ejemplo antiguos
pozos petroleros, y aún esta tecnología se encuentra en fase
experimental.
En el acápite 8-4-4.1-1 del estudio de impacto ambiental del
proyecto, se especifica que el nivel de
emisión de CO2 es de 789 g CO2/ Kwh o 789 Kg CO2/ Mwh, el cual es bajo para el
valor normal de 848 Kg CO2 / Mwh que es
la media para la tecnología Sub- Critica.
Por tanto, estas plantas emitirán 607.37 toneladas de CO2 por hora
(789kg de CO2 por megavatio por hora multiplicado 769.8 megavatios que
producirán estas plantas por hora), lo que significa que cada día arrojarán a
la atmósfera 14,504.88 toneladas de CO2, uno de los principales gases de efecto
invernadero causante del cambio climático. Por causa del cambio climático, la
República Dominicana, uno de los diez países del mundo más vulnerable a este
fenómeno, perderá una parte importante de sus playas por el aumento del nivel
de los océanos, sufrirá de manera más frecuente y con mayor intensidad
tormentas, huracanes e inundaciones, períodos de sequías más prolongados y
epidemias por el aumento de la temperatura promedio y por las lluvias.
- En el acápite
8-4-1-2 sobre la calidad del aire del estudio de impacto ambiental del
proyecto, no se presenta estudio de dispersión, aunque la altura de la
chimenea será de 130m, una mayor altura de lo normal, lo que favorecerá
la dispersión disminuyendo la densidad de las emisiones a nivel del
suelo, aunque por esta misma razón las emisiones llegarán más lejos
arrastradas por el viento de lo previsto por el estudio.
Se especifica que las plantas llegarán a un valor máximo de emisiones
de SOx y NOX de 400 mg/Nm3 para un 6% de exceso de O2. Estos valores si bien
son bajos para la norma ambiental
vigente en RD (2000 mg/Nm3 y 750
mg/Nm3), resultan altos por la ubicación desfavorable de la central en
relación a la ciudad de Bani. Deberían
ser reducidos al menos a la mitad para ser aceptables, lo que implica modificar
el diseño de los equipos propuestos. Aún con la adopción de estas previsiones,
más de 30 toneladas al día de NOx y 30 toneladas de SO2 recibirá el medio
ambiente desde Punta Catalina hasta Baní, unos once kilómetros a la redonda,
afectando gravemente la agropecuaria y la salud humana de esta zona del país.
El carbón que
utilizarán estas plantas tendrá menos de 3% de azufre, lo que es elevado,
especialmente si lo comparamos con el empleado por ITABO que es menos de un 1%.
Ahora bien si la desulfurizadora se diseña para que
con 3% de 400 mg/ Nm3 de SOx, entonces con un carbón de menos
contenido de azufre dará menos de 400 y esto es lo más importante a nivel del
compromiso ambiental. Por lo que es importante es que se solicite un diseño que cumpla con la
normativa medioambiental que en este caso debe ser la más elevada por la
localización de las plantas (S0x=192 mg/ Nm3; N0x=139 mg/ Nm3,
y MP = 20 mg/ Nm3).
Impacto de acuerdo a la
norma de aplicada en mg/Nm3
|
Norma-País
|
SOx
|
NOx
|
MP
|
Argentina
|
1700
|
900
|
120
|
Brasil
|
1519
|
n.a.
|
607
|
México
(RP)
|
6196
|
799
|
399
|
Estados Unidos
(EU)
|
192
|
139
|
20
(Actual)
|
Banco
Mundial
|
2000
|
750
|
50
|
Unión
Europea (UE)
|
200
|
200
|
30
|
Mediana
mundial
|
1579
|
251
|
61
|
Más
exigente
|
192
|
139
|
20
|
Menos
exigente
|
6196
|
900
|
607
|
Fuente:
Ingeniero Amparo Céspedes.
Es significativo que en
el estudio de impacto ambiental no se propone un método de manejo ambiental
para metales pesados como mercurio, plomo, arsénico, zinc, etc. En el acápite
9.9.1, el estudio de impacto ambiental del proyecto dice que los sistemas de
desulfurización y filtros de tela servirán también para la prevención de emisiones de metales
pesados. Por eso se señala en el acápite 9-1, bajo la categoría de metales
pesados: “Medidas de
Verificación, N/A (No Aplica)”
- En el estudio de
impacto ambiental del proyecto no existe ningún plan de manejo del enorme
volumen de cenizas que producirá la quema del carbón mineral por estas
plantas que son altamente volátiles y que contienen niveles peligrosos de
mercurio, arsénico, calcio, vanadio, níquel, plomo y zinc, además de
niveles de radioactividad
Cuadro de
Análisis de Cenizas de Carbón Mineral
Fuente: Ingeniero Amparo Céspedes.
Según el
estudio de impacto ambiental del proyecto el depósito de estas cenizas estará
ubicado en la cercanía de los poblados vecinos, tratando de distanciarlo de la
costa, sin especificar las características del almacenamiento, si será al aire
libre o bajo techo. En términos más específicos, este depósito estaría a unos
800 metros del Batey San José, a menos de dos kilómetros de la comunidad de
Catalina y a menos de 4 kilómetros de la Comunidad de Paya, esta última con más
de 15 mil habitantes. Por el gran volumen que se acumulará durante la vida del
proyecto, estas cenizas son uno de los principales problemas críticos, sino el
principal, de estas plantas a carbón mineral al parecer sin solución a la
vista. Hace 12 años el país vivió una experiencia dramática con grave daño al
ambiente y a la salud de la población en Manzanillo, Montecristi y Arroyo
Barril, Samaná, con los depósitos de unas 57 mil toneladas de rockash traídos
de manera ilegal desde Puerto Rico, que no era otra cosa que cenizas de carbón
solidificada. Con las plantas a carbón en Punta Catalina tendremos una
permanente producción de cenizas que superará de manera exponencial lo que ya
se vivió con el rockash.
Durante el
período octubre 2010 a septiembre 2011, las plantas a carbón mineral ITABO I y
ITABO II produjeron 58,046.69 toneladas de cenizas y 4,718.42 toneladas de
escorias, con una capacidad instalada de 260 megavatios. Aún cuando las plantas a ser instaladas en
Punta Catalina sean más eficientes, que las de ITABO se podrá esperar una producción
de cenizas y escorias alrededor de 3 veces más, al tener una capacidad
instalada de 769.8 megavatios, lo que representaría en un año una producción de
alrededor de 174,140.07 toneladas de cenizas y 14,155.26 toneladas de escorias Esto
significa que tendremos todos los años el drama que vivió el país con el
rockash multiplicado varias veces, pero en un solo punto del territorio
nacional, en Punta Catalina, en la provincia Peravia.
Cuadro de producción de Cenizas y Escorias de ITABO
I y II, De octubre 2010 a septiembre del 2011
Fuente: Ingeniero
Amparo Céspedes.
- Tampoco el
estudio de impacto ambiental del proyecto contempló la identificación de
las enfermedades que producirá la contaminación de estas plantas en la
población de su entorno y el costo en que incurrirán las familias y el
Estado en combatirlas y en recuperar la salud de los afectados a lo largo
de la vida del proyecto. Este costo se debe considerar como parte del
costo de la instalación de estas plantas y de su operación, y por tanto
un factor importante a ser considerado en la factibilidad económica del
proyecto.
- En el acápite
8-4-1-5 del estudio de impacto ambiental se valoran las temperaturas del
mar en los diferentes meses del año, alcanzando una temperatura máxima de
28.5ºC. Para ese valor el incremento de temperatura del agua de
circulación alcanza los 3.1 ºC al ser devuelto al mar, el cual se sitúa
0.1 º C por encima del máximo que es 3ºC. El aumento de la temperatura
del mar afecta a las especies marinas, especialmente los corales.
- En el estudio de
impacto ambiental se presenta un alegado estudio sociológico según el cual
más del 94% de los lugareños
estuvieron de acuerdo con la instalación de la Central en su actual
ubicación. Testimonios recogidos en Punta Catalina y en las comunidades
aledañas, indican que las personas que figuran como encuestadas llenaron
registros con sus datos al ser trasladadas a la celebración de una feria
en la ciudad de Baní y antes de recibir el
refrigerio, sin que respondieran a ningún cuestionario. De
comprobarse la utilización de este procedimiento, esto invalida por
completo el estudio sociológico citado.
- En este estudio
se define la zona de impacto directo del proyecto a las áreas ubicadas a
una distancia de tres (3) kilómetros de la central; esta metodología es incorrecta,
deja fuera de las consecuencias más inmediatas a gran parte de la
población afectada, especialmente en la ciudad de Bani, sus barrios y
zonas aledañas como Boca Canasta, Sombrero, Peravia, con una población en
conjunto de más de 100 mil habitantes.
A
la luz de estas observaciones al estudio de impacto ambiental de la
construcción de las plantas de carbón mineral de Punta Catalina, se formulan
las siguientes conclusiones y recomendaciones al país y a todas las
instituciones públicas relacionadas con el medio ambiente, los recursos
naturales y la generación eléctrica, especialmente al Ministerio de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, y al Congreso de la República, sobre el proyecto
en cuestión:
-
Antes
de que el Medio Ambiente y Recursos Naturales entregara la licencia ambiental a
este proyecto, debió comprobar que éste ha cumplido con todos los requisitos
legales exigidos por los Términos de Referencia, la Ley 64-00 y los reglamentos
al respecto, como son las cartas de No Objeción del Distrito Municipal de
Catalina y del Ayuntamiento de Baní, documento que certifique que los terrenos
son propiedad pública, y en caso de que estén en condiciones de arrendamiento,
contrato del mismo, y la realización de las vistas públicas con las comunidades
afectadas con entrega previa del estudio de impacto ambiental y el acuerdo de
éstas a favor del proyecto. Igualmente, se debió aclarar con toda
transparencia, previamente a la emisión de la licencia ambiental, las
diferencias de costos entre el proyecto a ser construido en Punta Catalina y
los costos internacionales de plantas de carbón mineral de este tipo. Por
tanto, esta licencia otorgada a este proyecto por el Ministerio de Medio
Ambiente y Recursos Naturales es ilegal.
-
Como
se ha analizado en el curso de este documento, Punta Catalina, Provincia
Peravia, no reúne las condiciones para que se establezcan allí estas plantas de
carbón, por el riesgo que acarrea para la propia seguridad de las instalaciones
de la central termoeléctrica y por los daños que causará en el medio ambiente y
en la salud de la población del entorno.
-
Igualmente,
el estudio de impacto ambiental no presentó un estudio de las enfermedades que
producirán las emisiones de las plantas a lo largo de la vida del proyecto y el
costo que supondrá su atención ni tampoco la suscripción del compromiso por
parte de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) de
asumir estos gastos de salud como parte de los costos operativos de esta
central. Por el contrario, se minimizaron o se ocultaron estos daños.
-
Recomendamos
la posibilidad de utilizar otros combustibles menos contaminantes para estas
plantas, y combinar el empleo de fuentes renovables con convencionales. La
República Dominicana debe desechar la utilización del carbón mineral para la
generación eléctrica como un compromiso con la comunidad internacional de
contribuir a la mitigación del cambio climático, siendo uno de los países más
afectado y amenazado por este fenómeno.
-
Enfrentar
la crisis energética del país tomando en cuenta todos los factores que inciden
en ella. Con tan sólo aumentar la generación eléctrica y menos en base de la
quema de carbón mineral, no se solucionará esta crisis ni se acabarán los
apagones. La solución de estas crisis depende de la eliminación de las pérdidas
técnicas y por fraudes que llegan a un 35% de la energía producida, del cambio
gradual de matriz energética basada en combustión de fósiles por fuentes de
energías limpias, eficientes y renovables que permitan la soberanía energética
del país, y de establecer un marco legal y contractual beneficioso para la
nación diametralmente opuesto al Acuerdo de Madrid y a los onerosos contratos
vigentes suscritos con las empresas privadas de generación eléctrica.
COMITE
NACIONAL DE LUCHA EN CONTRA DEL CAMBIO CLIMATICO
18
de septiembre del 2014,
Santo
Domingo, D.N.,
República
Dominicana.